fbpx

Prepárate para los cambios fiscales en el 2020

n1 capital

El 2020 además de nuevos retos, también nos trae nuevos cambios en las reformas fiscales, en N1 CAPITAL te traemos la información más relevante, estemos alerta sobre estas nuevas modificaciones y usémoslas para que tu empresa, sin importar su tamaño, siga creciendo.

Se mantienen los estímulos fiscales de la LIF (Ley de Ingresos de la Federación), los contribuyentes no podrán acreditar los provisionales de Impuestos Sobre la Renta (ISR). Las personas físicas y morales podrán hacerlo hasta su declaración 2020, la cual se presenta en el primer cuatrimestre del año en curso.

Las personas físicas que prestan algún servicio en plataformas digitales tendrán que pagar impuestos con la creación de la fracción VI en el artículo 111, se incorporan al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). Sólo estarán en RIF las personas que obtengan ingresos exclusivamente de las plataformas digitales.

Personas Físicas y Morales por primera vez deberán retener el IVA que las empresas de outsourcing transfieran. Las personas morales que realicen retenciones fiscales podrán liberarlo mediante el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Los asesores fiscales deben reportar al SAT el trabajo que generen los beneficios fiscales a los contribuyentes, explicar en qué consisten las estrategias y asesorías que disminuyen utilidades y generan beneficios fiscales a sus clientes.

Se eliminará la compensación universal, con lo que ya no se permitirá a los contribuyentes generar saldos a favor para utilizarlos en el pago de otros impuestos, por ejemplo: pagar el ISR con el saldo a favor que genera el IVA.

Las plataformas digitales comenzarán a pagar impuesto en México, si bien estas empresas no residen en el país, cuentan con oficinas administrativas, a partir de esto se pretende que paguen ISR por retenciones y el IVA que generen lo pasen a sus comprobantes fiscales.

Se crea el artículo 74-B en la ley del ISR con el cual las personas que pertenecen al régimen del sector primario (actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras), pagaran impuestos cuando industrialicen y comercialicen productos agrícolas.

Estos son sólo algunos de los próximos cambios, si quieres más información comunícate con nosotros, asesórate y haz una cita.

Mándanos un correo a: rpn1@n1capital.com

N1 CAPITAL tiene las mejores herramientas, servicios y asesoramiento fiscal, tomando en cuenta tanto tus intereses como tus necesidades.

Tu nómina en buenas manos.